La medicina legal a debate en la clausura del curso ‘El desafío de la bioética y su aplicación en las enfermedades oncológicas. De la clínica a la medicina legal’
26.07.2010
Antonio Hidalgo, médico forense, experto en bioderecho y subdirector del Instituto de Medicina Legal de Cuenca, ha sido el encargado de clausurar el curso ‘El desafío de la bioética y su aplicación en las enfermedades oncológicas. De la clínica a la medicina legal’. Durante su exposición, ha disertado sobre los problemas médico legales de las enfermedades oncológicas y ha explicado la labor del médico forense. El tema de estudio de su intervención ha sido la relación existente entre el derecho y la medicina y la condición inherente de ambas ciencias para comunicarse y entenderse. Todo ello está muy relacionado con la deontología médica, que no es otra cosa que la aplicación a la práctica de la ética personal, y que no hay que confundir con la bioética.
Ha explicado que la bioética se conforma de las limitaciones que la moral ha de poner a la ciencia para evitar la instrumentalización del individuo. La deontología, por su parte, es la conversión de la ética en pautas de actuación profesional que regulan el comportamiento sanitario de los médicos con un doble objetivo: garantizar la calidad del servicio ofrecida a los pacientes y “preservar la imagen que los médicos queremos para nosotros mismos”.
Ha enfocado la legislación médica en el ámbito de la oncología, en el que se centra el curso, en relación a lo que serían los distintos problemas que se pueden plantear en cuanto a la repercusión de la patología oncológica sobre los derechos del paciente, “principalmente en relación a la información sanitaria, la segunda opinión médica, el derecho a la ignorancia, el estado de necesidad terapéutica, la intimidad y la autonomía personal. Esta última no sólo en relación al consentimiento informado sino enfocado, más bien, a la toma de decisiones sanitarias”.
Los problemas médico-legales más frecuentes en el ámbito de la oncología, ha dicho, son dos: el deseo de la familia de que al enfermo no se le comunique cual es su verdadera situación, lo cual limitaría en cierta manera la autonomía del propio paciente, y la autonomía de informar del propio médico. Y en segundo lugar, la limitación del esfuerzo terapéutico, el saber trasmitir a la familia que el estado del cuadro clínico es tal, que se considera refractario cualquier tipo de tratamiento curativo, que ha terminado el momento de intentar curar la enfermedad y comienza el momento de acompañar al enfermo en el irreversible proceso de la muerte. “Es un acompañamiento, no es un abandono, no es que nos rindamos y que permitamos que la enfermedad nos venza, sino que asumimos que ha llegado un momento en el cual lo único que nos queda es acompañar al enfermo”.
La labor del médico forense
Los alumnos han visto las distintas ramas de la medicina legal con las cuáles Hidalgo ha querido desterrar la visión del forense como médico de los muertos y circunscrito únicamente al campo de la patología. Todos tenemos la imagen del médico forense limitado a las películas, que siempre está en una morgue. “Sí es cierto que somos los únicos médicos que hacemos autopsias judiciales, no las puede hacer nadie más, pero es una parcela mínima de nuestra actividad profesional”.
Los forenses son el asesor científico tanto del juez como del fiscal, trabajan para la Administración de Justicia, para nadie más. Siempre que el juez tenga que sentenciar sobre algún caso relacionado con la medicina tiene que buscar el asesoramiento de un médico forense. “Realizamos periciales toxicológicas, periciales psiquiátricas, periciales relacionadas con la sexología forense como agresiones sexuales, la valoración del daño corporal y llevamos también los casos de violencia de género”.
En la medicina forense se pueden distinguir dos grandes ramas de actuación. Por un lado, la patología forense, que es la actuación sobre el cadáver, y por otro, la clínica-médico forense, que es la actuación sobre el vivo. Ésta última, ha explicado, es la que suscita el mayor número de problemas legales. “Lo más frecuente es la valoración del daño corporal. Todo aquel que sufre una lesión subsidiaria de ser repercutida en cuanto a las consecuencias a una tercera persona, ha de ser valorada por el forense que le pasa un informe pericial al juez y que con ello el juez dictamina. Estamos hablando de agresiones, de accidentes de tráfico, de accidentes laborales, deportivos…”.
En el ámbito de la violencia de género también surgen problemas. “Debemos tener en cuenta que desde el año 2004, con la ley del 28 de diciembre de medidas de protección integral contra la violencia de género, se han creado lo que se conocen como unidades de valoración forense integral que son grupos multidisciplinares constituidos por psicólogos, trabajadores sociales y médicos forenses, que hacen un seguimiento pormenorizado de cada uno de los casos y que no se limitan a valorar las consecuencias de la agresión, sino que realizan un seguimiento a largo plazo. Tratamos el tema de los antecedentes previos para ver cuál es la situación de peligro y en base a todo esto el fiscal califica y el juez sentencia.
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